PBGC ofrece varias opciones de tipo de beneficio a cualquier participante que recibió su primer pago de beneficios a partir del 1 de mayo de 2002. A continuación, puede ver las respuestas a preguntas sobre los tipos de beneficios disponibles en la actualidad para participantes que aún no se han jubilado.
Usted puede elegir recibir sus beneficios de una de las siguientes maneras:
- una Anualidad de por Vida que le proporcione un pago de beneficio mensual fijo durante toda su vida. Después de su fallecimiento no se pagarán beneficios a los sobrevivientes.
- una Anualidad Garantizada y Continua a Plazo Fijo de 5, 10, o 15 años que le proporcione pagos de beneficio mensuales fijos durante toda su vida. Si usted elige este tipo de anualidad y fallece antes de que termine el período de 5, 10 o 15 años que usted eligió, su beneficiario designado recibirá el mismo beneficio mensual por el resto de ese período. Si usted fallece después del final del período, los pagos de beneficio finalizarán en la fecha de su fallecimiento. Tenga en cuenta que el período de 5, 10 o 15 años comienza cuando comienzan los pagos de su beneficio, no cuando usted fallece.
- una Anualidad Conjunta con Sobreviviente que le proporcione pagos de beneficio mensuales fijos durante toda su vida, y cuando usted fallece continúan los pagos a su cónyuge u otro beneficiario durante el resto de la vida de esa persona. El beneficio mensual que su cónyuge u otro beneficiario recibe es el 50, 75 o 100 por ciento – dependiendo de su elección – de la cantidad que usted estaba recibiendo mientras vivía. Si su beneficiario fallece antes que usted, su beneficio mensual no cambiará.
- una Anualidad Conjunta con 50% al Sobreviviente “Reversible” que difiere de la Anualidad Conjunta con Sobreviviente descrita anteriormente en que, si su cónyuge u otro beneficiario fallece antes que usted, la cantidad de su beneficio mensual será reversible a una Anualidad de por Vida.
- El tipo de beneficio “automático” que se le ofrece bajo su plan.
Si usted está casado/a cuando sus pagos de beneficio comiencen, su cónyuge tendrá que proveer un consentimiento por escrito para que usted elija cualquier tipo de beneficio que no sea el tipo automático que su plan pagaría a un participante casado.
Nuestra publicación Su beneficio, Su elección, le proporciona más información sobre sus opciones de beneficio.
Usted puede elegir recibir su beneficio como un pago único de la cantidad total solo si:
- Su plan de pensión terminó antes del 2024 y el valor total de su beneficio no es más de $5,000, o
- Su plan de pensión termina en el 2024 o después y el valor total de su beneficio no es más de $7,000.
Si usted es elegible y es seleccionado para recibir un pago único de la cantidad total, generalmente puede poner todo el pago en una Cuenta Personal de Jubilación (IRA, por sus siglas en inglés), u otro plan calificado. Si PBGC le paga la cantidad total directamente a una IRA u otro plan, no retendremos impuestos de su pago. Con este tipo de pago, llamado una "transferencia libre de impuestos” (“tax-free rollover”), usted no tendrá que pagar impuestos hasta que reciba pagos de la IRA o de otro plan. Puede obtener más información sobre transferencias libres de impuestos comunicándose con la oficina local del Servicio de Impuestos Internos (IRS, siglas en inglés), o llamando al 1-800-829-1040, o visitando el sitio de internet del IRS.
El Congreso estableció la PBGC para asegurar los beneficios de planes de pensión del sector privado y la paga de beneficios de acuerdo con las normas de esos planes. Generalmente, en la mayoría de los planes de pensión mientras más espere para comenzar a recibir beneficios, más grande será el beneficio. Pero no hay una fórmula fija que se aplica a todos los destinatarios de beneficios de PBGC como la hay para los destinatarios de los beneficios del Seguro Social.
Deberá comenzar a recibir sus beneficios a más tardar en la fecha de comienzo requerida. Generalmente, según las normas del Servicio de Impuestos Internos (IRS, siglas en inglés) y de PBGC, la fecha de comienzo requerida para un participante de un plan es el 1 de abril del año calendario siguiente al que ocurra más tarde de:
- El año calendario en el que el participante cumpla 72 años (70½ años para un participante que haya cumplido 70½ años antes del 1 de enero de 2020), y
- El año calendario en el que el participante termine su empleo.
Se aplican normas diferentes a los pagos efectuados a los participantes que son empleados del patrocinador del plan en la fecha de terminación del plan, a los participantes que son propietarios del 5%, a los beneficiarios de los participantes que fallecen antes de la fecha de comienzo requerida y a los beneficiarios alternativos bajo las Ordenes Calificadas de Relaciones Domésticas (QDRO, siglas en inglés).
Usted selecciona el tipo de anualidad que quiere cuando llena la solicitud para comenzar a recibir sus beneficios. PBGC debe recibir su solicitud en un plazo no mayor de 90 días antes de la fecha en que desea que comience su beneficio. Usted puede cambiar su selección llenando una nueva solicitud antes de la fecha de su primer pago. Después de la fecha de su primer pago, no puede cambiar su selección.
Sí. Estas opciones están disponibles para todos los participantes que hayan solicitado a PBGC que desean recibir sus beneficios a partir del 1 de mayo del 2002, o antes de esta fecha.
Si usted está casado/a puede nombrar a una persona que no sea su cónyuge como su beneficiario. Sin embargo, para hacer eso necesitará que su solicitud para beneficio de PBGC incluya el consentimiento por escrito de su cónyuge.
Si usted no está casado/a, puede nombrar a un beneficiario para recibir un beneficio para sobrevivientes bajo cualquier tipo de anualidad conjunta con sobreviviente o garantizada y continua.
Si se vuelve a casar después de haber comenzado a recibir sus beneficios de PBGC, usted podría transferir los beneficios de sobreviviente a su nuevo cónyuge si tiene una Anualidad Garantizada y Continua a Plazo Fijo. Para todos los demás formularios de beneficios, sus beneficios de sobreviviente permanecen asignados a la persona que usted designó cuando comenzó a recibir los beneficios.
Si está divorciado o separado legalmente, su pensión puede verse afectada por una Orden Calificada de Relaciones Domésticas (QDRO). Para más información, vea Órdenes Calificadas de Relaciones Domésticas y PBGC.
En el caso de una Anualidad Conjunta con Sobreviviente usted puede designar a una sola persona. En el caso de una Anualidad Segura y Continua, usted puede designar como beneficiario a más de una persona, o a un patrimonio, fideicomiso u organización.
Si usted elige una Anualidad Conjunta con Sobreviviente no podrá cambiar su beneficiario una vez que comience su beneficio. Si elige una Anualidad Garantizada y Continua puede cambiar su beneficiario en cualquier momento.
La respuesta depende del tipo de beneficio que haya elegido:
- Si eligió una Anualidad Conjunta con Sobreviviente y su beneficiario fallece mientras usted se encuentra recibiendo su beneficio, su beneficio mensual continuará sin cambios y no se pagará ningún beneficio de sobreviviente después de su fallecimiento.
- Si eligió una Anualidad Conjunta con 50% al Sobreviviente “Reversible” y su beneficiario fallece mientras usted se encuentra recibiendo su beneficio, su beneficio aumentará a la cantidad de una Anualidad de por Vida.
- Si eligió una Anualidad Garantizada y Continua, puede nombrar un nuevo beneficiario después del fallecimiento del beneficiario original. Si usted fallece antes de que termine el plazo seleccionado y no había designado un beneficiario nuevo, entonces su beneficio se pagará en el siguiente orden: su cónyuge, sus hijos/as, sus padres, su patrimonio y sus parientes más cercanos.
Su beneficio mensual continuará sin cambios a menos que elija la Anualidad Conjunta con 50% al Sobreviviente “Reversible”; con este tipo de anualidad, su beneficio será reversible a la cantidad de una Anualidad de por Vida si su beneficiario fallece antes que usted.
Si su plan de pensión terminó el 23 de agosto de 1984 o después de esta fecha y estaba casado/a al momento del fallecimiento, PBGC generalmente le pagará un beneficio a su cónyuge. PBGC determinará cuál habría sido su beneficio en la fecha de su fallecimiento o su edad más temprana de jubilación (la que sea más tarde) y pagará a su cónyuge una Anualidad Conjunta con Sobreviviente. Si no está casado/a en la fecha del fallecimiento o si su plan terminó antes del 23 de agosto de 1984, generalmente no se le pagará ningún beneficio a un beneficiario.
Esta pregunta es compleja y podría llegar a ser una de las decisiones financieras más importantes que usted tome. Su decisión afectará la cantidad de su beneficio mensual y cuánto dinero recibirá su beneficiario (si es que lo recibe) después de que usted fallezca. La mejor opción para usted depende de su edad, salud y otros recursos económicos, así como también la edad, salud y necesidades económicas de las personas a las que usted desee proporcionar este beneficio. Si está casado/a, deberá consultar a su cónyuge sobre esta elección. Usted también puede consultar a otros miembros de su familia, amigos o, posiblemente, un asesor financiero.
Llame al Centro de Contacto con el Cliente de PBGC al 1-800-400-7242 y solicite un paquete de solicitud para beneficios en español. Los usuarios de TTY/ASCII pueden llamar al 711. PBGC le enviará la solicitud y los cálculos exactos de beneficios para mostrarle la cantidad de su beneficio bajo todas las opciones de cada tipo de anualidad. Si está casado, los cálculos mostrarán la cantidad de beneficio de su cónyuge.
No hay un “saldo de cuenta” para planes de beneficios definidos o de pensión tradicionales. A diferencia de los planes de pensión de contribuciones definidas, como planes 401(k), los cuales tienen un saldo que puede agotarse y caducar antes de su fallecimiento, su plan de beneficios definidos con PBGC promete un pago específico durante un periodo de tiempo, típicamente mensual y de por vida. Calcular la cantidad de ese beneficio es un proceso complejo que implica una fórmula de beneficio y los activos de su plan de pensión, sujetos a los límites legales de la garantía de PBGC.
PBGC trata de pagar los beneficios con exactitud, pero a veces hacemos sobrepagos.
PBGC tiene dos métodos diferentes, dependiendo de si tiene derecho a beneficios con PBGC, para cobrar los sobrepagos: el reembolso y la recuperación. PBGC le notificará por escrito la cantidad del sobrepago y el método de cobro.
Si usted tiene derecho a beneficios con PBGC, recuperaremos el sobrepago deduciendo un pequeño porcentaje de su pago mensual. Este proceso de cobro se llama reembolso. El reembolso continuará hasta que se haya pagado el sobrepago o hasta que finalicen los beneficios.
Si usted no tiene derecho a beneficios con PBGC, le pediremos que devuelva el sobrepago en un pago único de la cantidad total. Este proceso de cobro se llama recuperación. PBGC le notificará por escrito cuánto debe y cómo devolver el sobrepago. También le informaremos de sus derechos en relación con el cobro del sobrepago.
Sobrepagos sujetos a recuperación se dan, por ejemplo, cuando:
- Una persona sin derecho a beneficios, como un familiar, recibe pagos tras el fallecimiento del beneficiario.
- Una persona que no tenía derecho a beneficios del plan recibe pagos de beneficios por error.
- Una persona recibe pagos debido a un error administrativo; por ejemplo, cuando los pagos continúan después de que los beneficios deberían haber terminado.
Cuando lo/la contactemos para cobrarle el sobrepago, le informaremos de su derecho a solicitar una anulación del reembolso. Si solicita una anulación del reembolso, tendrá que proporcionar documentación para demostrar que el reembolso de la deuda le causaría graves dificultades financieras.
Tiene derecho en cualquier momento a consultar y copiar los registros relacionados con su deuda y a preguntarnos cómo hemos calculado la cantidad que debe. Su pedido debe presentarse por escrito y debe ser enviado de cualquiera de las siguientes formas:
- Fax: 1-202-326-4042
- Nuestro portal electrónico (electronic processing portal en inglés)
- Correo electrónico a disclosure@pbgc.gov
- Correo postal de Estados Unidos u otro servicio de entrega a: PBGC Disclosure Division:
PBGC Disclosure Division
445 12th Street SW
Washington, DC 20024-2101
Tiene dos opciones para efectuar el reembolso completo del sobrepago sujeto a recuperación a PBGC. La opción preferida es enviar la cantidad total del pago en exceso electrónicamente a www.Pay.gov (página en inglés), un sitio web del gobierno donde puede realizar pagos seguros directamente a muchas agencias federales, incluyendo PBGC. También puede pagar con cheque o cheque prepagado (Money Order en inglés).
Para resumir sus opciones de pago:
- Pago electrónico a través de Pay.gov: acceda www.pay.gov. En la lista de “Find an Agency” (encontrar una agencia) Seleccione Pension Benefit Guaranty Corporation y después seleccione Benefit Guaranty Corporation Repayment of Benefit Overpayment -PBGC (última casilla). Accederá a un formulario en el que deberá introducir el número de identificación del cliente de PBGC y el nombre del cliente del participante de la pensión.
- Cheque en papel o Cheque prepagado: Puede enviar un cheque en papel o cheque prepagado al buzón de Benefits Administration & Payment Department.
PBGC tiene dos direcciones postales, una para entregas del Servicio Postal de Estados Unidos. y la otra para servicios de entrega privados. Asegúrese de enviar su cheque o cheque prepagado y el aviso de remesa a la dirección que le corresponda:
Servicio Postal de Estados Unidos | Envíos (FedEx, UPS, etc.) |
Benefits Administration & Payment Department P.O Box 790374 St. Louis, MO 63179 |
U.S. Bank Attn: BAPD/BENEFITS ADMINISTRATION AND PAYMENT DEPARTMENT (Recovery) Box 790374 3180 Rider Trail S. Earth City, MO 63045 |
Cuando paga con cheque, nos autoriza a utilizar la información de su cheque para realizar una única transferencia electrónica de fondos desde su cuenta o a procesar el pago como una transacción con cheque.
Ley de la Privacidad
Declaración de la Ley de privacidad requerido por 5 U.S.C. § 552a(e)(3), indica nuestra autoridad para solicitar y obtener la información del cheque, y en el que se explica el propósito y uso habitual que se hará de la información del cheque, está disponible en línea (página en inglés), o llame sin costo al (1-866-945-7920) para obtener una copia por correo. Proporcionar la información del cheque es voluntario, pero la decisión de no hacerlo puede obligarle a efectuar el pago por otro método.
No. PBGC no permite que un representante administre el beneficio de un destinatario del pago de PBGC convirtiéndose en el destinatario del pago designado del beneficio. Sin embargo, el destinatario del pago de PBGC puede designar a un familiar o a un amigo de confianza para que actúe como agente en determinadas acciones relacionadas con su beneficio de pensión. Para más información, consulte Designe un Poder Legal.
Para obtener información sobre el programa de representantes del destinatario del pago de la Administración del Seguro Social, vea Seguro Social – Programa de representantes del destinatario del pago (página en inglés).