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Cambie su Retención de Impuestos Federales

PBGC debe retener impuestos federales de su beneficio de pensión a menos que usted nos informe lo contrario. Para asegurarnos que retengamos la cantidad correcta debe presentar el formulario W-4P del Servicio de Impuestos Internos (IRS, siglas en inglés).

Usted puede actualizar su elección en cualquier momento.

Si su dirección postal es fuera de los Estados Unidos o en uno de los territorios de los Estados Unidos, las normas de retención de impuestos que aplican son diferentes.

Si no solicita a PBGC que se retenga impuestos federales o si la cantidad de su retención de impuestos es demasiado baja, es posible que tenga que pagar un impuesto directamente al Servicio de Impuestos Internos (IRS). Si su pago de impuesto estimado o la cantidad retenida es demasiado baja, es posible que también tenga que pagar penalidades al IRS.

¿Necesita cambiar su retención de impuestos federales?

 Usted tiene tres opciones para actualizar su retención de impuestos federales sobre los ingresos:

  • Complete el Formulario W-4P del IRS, disponible en formato rellenable en el sitio web del IRS. Usted deberá completar, firmar y enviar por correo el formulario a PBGC.
  • Llame al Centro de Contacto del Cliente de PBGC para solicitar que le envíen el Formulario W-4P del IRS a su domicilio. Una vez que reciba el formulario, complételo, fírmelo, y envíelo a PBGC.
  • Cree una cuenta MyPBA a través de nuestro sitio web Login.gov (sitio en inglés). Una vez que su cuenta esté configurada, tendrá la opción de actualizar su retención de impuestos federales.

A continuación, le indicamos cómo presentar el formulario que ha completado: 

En línea: MyPBA
Por correo:  PBGC
PO Box 151750
Alexandria, VA 22315-1750
Por correo electrónico customerservice@pbgc.gov (PDF format only)

Impuestos Estatales

Aunque PBGC está obligada a retener impuestos federales, no retenemos impuestos estatales. Si su estado tiene un impuesto sobre ingresos, es posible que deba pagar impuestos sobre su beneficio de pensión de PBGC. Para obtener más información, comuníquese con su oficina estatal de impuestos (archivo de Excel, 14.4 KB).

Retención de impuestos del IRS para personas que viven fuera de Estados Unidos

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) requiere que todas las personas con domicilio fuera de Estados Unidos, incluyendo a los residentes en territorios de Estados Unidos (Puerto Rico, Northern Mariana Island, Guam, Virgin Island, y America Samoa), proporciones información adicional sobre la retención de impuestos.

Si vive fuera de los Estados Unidos, debe presentar a PBGC los formularios del IRS que correspondan a su estatus de ciudadanía:

  • Si es ciudadano estadounidense con un número de Seguro Social o un número de Identificación del Contribuyente válido, debe presentar el Formulario W-9 y el Formulario W-4P (formulario en inglés) del IRS. Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar una retención del 0%.
     
  • Ciudadanos no estadounidenses deben presentar el Formulario W-8BEN del IRS. Este formulario tiene validez por tres años y debe renovarse. Los ciudadanos no estadounidenses que tengan su domicilio en un país con tratado fiscal con Estados Unidos pueden solicitar una retención de impuestos del 15% o del 0%, según el tipo de especificado en el tratado. Ciudadanos no estadounidenses que tengan su domicilio en un país que no tenga un tratado fiscal con Estados Unidos estarán sujetos a una retención del 30%. Para más información, consulte las instrucciones en el sitio web del IRS.

Si PBGC no tiene el formulario apropiado del IRS en sus archivos, retendremos el 30% de sus pagos.

Una vez que envíe los formularios correctos, retendremos los impuestos según su solicitud, de acuerdo con el tratado aplicable para su país de residencia y estatus de ciudadanía.

Nota: PBGC no tiene la capacidad de devolver los impuestos retenidos que son recaudados por el IRS.

Puede encontrar más información en Retención de impuestos a extranjeros no residentes y entidades extranjeras (página en inglés).

Actualizado por última vez: