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About PBGC

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Glosario

Las definiciones en este glosario han sido simplificadas. Algunos términos son de uso exclusivo de PBGC. Ninguna de las definiciones tiene prioridad sobre legislaciones, regulaciones, interpretaciones o resoluciones específicas.


A

Acumulación Limitada Normal — Un límite en la garantía de PBGC de una pensión mensual como beneficio del participante. PBGC sólo garantiza la cantidad mensual de lo acordado en el plan que se le habría pagado al participante como una anualidad por vida que comienza en la edad de jubilación normal. PBGC no puede garantizar la porción del beneficio combinado de jubilación anticipada y beneficio suplementario temporal que sobrepasa esta cantidad. Vea en la página 3 de Límites de la Garantía de PBGC—una Actualización.

Beneficio Mensual Acumulado — La cantidad que un participante ha ganado bajo los términos de un plan de pensión, pagable como un beneficio mensual que comienza en "edad de jubilación" normal.

Beneficiario Alterno — El cónyuge de un participante, cónyuge anterior, niño, u otro dependiente que, bajo una "orden de relaciones domésticas calificadas (QDRO)," tiene el derecho de recibir algunos o todos los beneficios de la pensión del participante bajo el plan. Los beneficiarios alternos son considerados beneficiarios. Vea Ordenes Calificadas de Relaciones Domésticas & PBGC para más información.

Anualidad — Una persona que recibe una anualidad.

Anualidad — Pagos regulares (generalmente mensuales) a una persona por un período fijo, como cierto número de años, o para toda la vida. El tipo de anualidad afecta la cantidad del pago y cuánto más, si acaso, la cantidad que un beneficiario recibirá después de la muerte de un participante. Por ejemplo, las cantidades de pago son reducidas típicamente si una anualidad tiene una característica de sobreviviente. Vea Sus Opciones del Beneficio de PBGC para más información.

Ventajas — Dinero efectivo, acciones, bonos, bienes raíces, u otra propiedad incluida en el plan.

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B

Fecha de Archivo de Bancarrota (o la Fecha de Petición de Bancarrota) — La fecha en que un caso de bancarrota es empezado por, o en contra, un patrocinador del plan. Vea Cuando las Compañías se Reorganizan para más información.

Beneficiario — Usualmente, una persona designada por un participante del plan de pensiones, o por términos del plan, para recibir algunos o todos los beneficios del participante después de la muerte del participante. (Un "Beneficiario Alterno" bajo una "Orden de Relaciones Domésticas Calificadas" también es considerado un beneficiario). Vea Pagos a Beneficiarios para más información.

Beneficio Acumulado — La ganancia de un beneficio, o de beneficios adicionales, bajo un plan de pensiones progresivo, usualmente por servicio activo de empleo cubierto por el plan.

Determinación de Beneficios — La determinación de PBGC de un participante o el beneficio de beneficiario pagable por PBGC bajo los términos del plan del participante y el Título IV de la "Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación del Empleado (ERISA)."

Beneficio Congelado — Vea "Plan Congelado."

Beneficio de Compensación — Una reducción parcial o total en el beneficio de la pensión de una persona porque la persona (1) debe dinero al plan de pensión, o (2) recibe (o ha recibido) otros beneficios que deben ser restados basado en términos del plan, tal como un beneficio relacionado de un plan de pensión o proviene del Seguro Social.

Servicio de Beneficio — Vea "Servicio Acreditado."

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C

Plan de Saldo de Efectivo — Un plan definido que define el beneficio de un participante en función de un saldo de cuenta hipotética basada en una fórmula que utiliza créditos de paga y créditos de interés. Los planes de saldo de efectivo son asegurados por PBGC.

Seguro y Continuo (C&C) Anualidad — Una anualidad que paga los beneficios ya sea por un periodo fijo o por vida de un jubilado, cualquiera que sea más larga. PBGC ofrece una anualidad de 5 años, 10 años, o 15 años C&C. Si el jubilado muere antes del fin del período elegido, el beneficiario designado recibirá el mismo beneficio mensual por el resto del periodo. Si el jubilado se muere después del fin del período, los pagos de beneficio terminan. El periodo de 5-, 10-, o de 15 años empieza cuando los pagos de beneficio del jubilado comienzan, no cuando el jubilado se muere. Vea Sus Opciones del Beneficio de PBGC para más información.

Servicio Acreditado (o Servicio de Beneficio) — La cantidad de tiempo que cuenta hacia el beneficio de pensión de un participante. El servicio acreditado es típicamente el número de años que el participante trabajó para una compañía al tomar parte en el plan de pensiones de la compañía. (Para participantes que trabajaron medio tiempo, el servicio acreditado puede ser menos que el número de años trabajados). El servicio acreditado termina usualmente cuando el participante se jubila o deja la compañía, pero puede terminar más pronto si el empleador congela el plan (vea "Plan Congelado"). El servicio acreditado termina si el plan es terminado (vea "Terminación").

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D

Fecha de Terminación del Plan (DOPT) — Vea "Fecha de Terminación del Plan."

Fecha de Fideicomisario — La fecha que PBGC toma un plan de beneficio definido que ha sido terminado y llega a ser responsable de hacer los pagos para participantes y beneficiarios del plan.

Adquisición de Derechos (o Terminación de Adquisición de Derechos) Participante — Generalmente, un empleado anterior que trabajó lo suficiente para ganar beneficios adquiridos para obtener los "Beneficios con Derechos Adquiridos" en un plan de pensión, pero que dejó la compañía que patrocina el plan sin recibir un beneficio de jubilación inmediato. Tal participante puede recibir los pagos de beneficio del plan una vez que él o ella alcancen la "edad de jubilación normal" del plan o, si el plan lo permite, la "edad de la jubilación temprana" del plan.

Plan de Beneficios Definidos — Un plan de pensión que promete a participantes un beneficio especificado, por lo regular una cantidad mensual al jubilarse. El beneficio es basado usualmente en alguna combinación de los años de servicio acreditado del participante, salario, y la edad. PBGC asegura la mayoría de los planes definidos de beneficio patrocinados por empleadores privados (no gubernamentales).

Plan de Aportaciones Definidas — Un plan en el que un empleado y/o el empleador hacen contribuciones a la cuenta individual del plan del empleado. Los beneficios de jubilación de cada participante son basados en la cantidad disponible en la cuenta de cada persona, incluyendo ganancias y pérdidas de inversión y gastos del plan. Los tipos comunes de plan de aportaciones definidas son planes de reparto de los beneficios, planes 401 (K), planes de posesión de acciones del empleado (ESOP), planes de ahorros de economía, y planes de compra de dinero. PBGC no asegura planes definidos de aportaciones definidas.

Departamento del Trabajo (DOL) — El Departamento del Trabajo de los EE.UU comparte la administración y la aplicación de la ley federal de pensión — Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación del Empleado — con PBGC y el Servicio de Rentas Internas (IRS). El secretario del partido laborista sirve como silla de la junta directiva de PBGC.

Beneficio por Incapacidad — Un beneficio pagado por algunos planes de pensiones como resultado de un participante que llega a ser incapacitado en el trabajo. PBGC garantiza el beneficio por incapacidad de un participante si el plan del participante proporciona tal beneficio y el participante llegó a ser titulado a ese beneficio en o antes de "la fecha de terminación de plan" o la "fecha de archivo de bancarrota," como sea aplicable. (¿Cómo puedo saber qué fecha se aplica?) Vea Garantías para Participantes Incapacitados para más información.

Terminación por Dificultades Económicas — Una terminación de un plan de beneficio definido que un empleador solicita cuando pasa por apuros económicos y el plan no tiene suficientes ventajas para pagar todos los beneficios que han sido obtenidos bajo el plan. El administrador del plan debe notificar a los participantes y a PBGC antes de la terminación sugerida, así como tomar otras acciones necesarias. Por lo general, el empleador debe demostrar a PBGC o a un tribunal que no puede quedarse en el negocio a menos que el plan termine. Vea Terminación por Dificultades Económicas para más información.

DOL — Vea "el Departamento del Trabajo."

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E

La Fecha de Jubilación Temprana de PBGC (EPRD) — La fecha más temprana que PBGC empezará a pagar los beneficios a un participante. Típicamente, un participante alcanza su EPRD a la edad de 55 años a menos que (1) bajo el plan del participante, el participante no pueda recibir un beneficio de anualidad hasta una edad posterior, o (2) PBGC determina que participantes típicamente se jubilen bajo el plan antes de los 55 (por ejemplo, bajo un beneficio "30-y-fuera ").

Edad de Jubilación Temprana — En caso de ser permitido por un plan, la edad en que un participante puede comenzar a recibir los beneficios del plan antes de la "edad de jubilación normal" del participante. PBGC no puede reconocer una edad de jubilación temprana que sea más temprana que la edad del participante en cuanto a su "Fecha más temprana de Jubilación de PBGC."

Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación del Empleado de 1974 (ERISA) — La ley federal que establece los requisitos básicos para planes de beneficio de empleados. La autoridad que administra e impone a ERISA es dividido entre tres agencias federales — Servicio de Rentas Internas (IRS), el Departamento de Trabajo (DOL), y PBGC.

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F

Fiduciario — Usualmente, cualquier persona u organización con el control sobre un plan de pensión o sus ventajas. Los fiduciarios del plan incluyen típicamente fideicomisarios, administradores de plan, y miembros del comité de inversión. Vea Conozca sus Responsabilidades Fiduciarias del DOL y Consejero Fiduciario de ERISA para más información.

Prima de tarifa fija — La tarifa prima fija que todos los planes asegurados por PBGC pagan anualmente por cada participante. La tarifa es más alta para planes de empleadores únicos que para planes de empleadores múltiples. Los planes de empleadores únicos también pueden deber una "tarifa prima variable" que depende del nivel de financiación del plan.

Formulario 5500 — El reporte anual que un plan de pensiones debe archivar con la Administración de Seguridad de Beneficios del Empleado del DOL para proporcionar información sobre su condición financiera, las inversiones, y las operaciones. Vea el Formulario 5500 del DOL en el sitio web para más información.

Plan Congelado — Un plan de pensión en marcha en el que el patrocinador del plan "congela" los beneficios, es decir, algunas o todas las futuras acumulaciones del beneficio. Un plan puede ser congelado de varias maneras. Bajo una congelación parcial, un plan puede ser congelado para algunos, pero no todos, los participantes actuales basados en, por ejemplo, los años de servicio, clasificación de trabajo, ni de la ubicación de la planta. Bajo el plan de congelación suave, los beneficios son aumentados típicamente para el crecimiento del sueldo, pero no para servicio adicional. Bajo el plan de congelación dura, ningún participante acumula más beneficios.

La mayoría de los planes congelados están cerrados a nuevos participantes. Un plan puede ser cerrado a nuevos participantes sin restringir futuras acumulaciones de beneficio del participante que ya están en el plan. Generalmente, tales cierres también son vistos como un tipo de plan congelado. Vea la investigación de PBGC Planes Duros, Definidos y Congelados de Beneficio (2008) para más información.

Plan Completamente Financiado — Un plan definido de beneficio con suficientes bienes para pagar todos los beneficios que han sido obtenidos bajo el plan, independientemente de que los beneficios sean garantizados por PBGC. Un plan financiado completamente puede variar dependiendo del método utilizado para valorar los bienes y obligaciones del plan. Vea también "Plan Subfinanciado."

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G

Beneficio Garantizado — La cantidad de beneficio de pensión de un participante que PBGC garantiza basado en los límites legales de ERISA. Los beneficios que PBGC puede garantizar incluyen los beneficios de pensión pagables en edad de jubilación normal; ciertos beneficios de jubilación temprana y beneficios de incapacidad; y los beneficios de anualidad para sobrevivientes de participantes. La garantía aplica sólo a beneficios ganados en, o antes de la "fecha de terminación de plan" o "archivamiento de fecha de bancarrota," cual sea aplicable. (¿Cómo puedo saber qué fecha se aplica?)

La garantía de PBGC está sujeta a varios límites legales, inclusive el "Garantía Máxima de Beneficio Mensual," "Acumulación Limitada Normal," y el "Límite de Introducción Progresiva." Vea las Garantías de PBGC para Planes de pensiones de Empleadores Únicos y Garantías de Beneficios para Empleadores Múltiples para más información.

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H

Crédito Tributario de Cobertura Médica (HCTC) — Un crédito tributario que puede estar disponible a ciertos recipientes de PBGC si tienen, o son mayores de 55 años de edad y son cubiertos por seguro médico calificado. El programa de HCTC es administrado por el IRS. Vea Crédito Tributario de Cobertura Médica (HCTC) en la sección de preguntas frecuentes para más información.

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I

Terminación Involuntaria — Una terminación iniciada por PBGC de un plan de beneficios definidos. PBGC puede buscar la terminación de un plan para proteger los intereses de participantes o para el programa de seguro de pensión. PBGC debe empezar a terminar cualquier plan que no tenga suficiente dinero para pagar los beneficios que se deben actualmente. Vea Plan de Hoja de Datos de Terminación para más información.

IRS — Servicio de Rentas Internas, una parte del Departamento de Tesorería de los EE.UU. El IRS comparte la administración y la aplicación de la ley federal de pensión (Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación del Empleado) con PBGC y el Departamento del Trabajo de los EE.UU.

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J

Anualidad Junta y al Sobreviviente (J&S) — Una anualidad que paga típicamente a un participante una cantidad mensual fija de por vida y, después de que el participante se muera, continúan los pagos al cónyuge del participante u otro "beneficiario" designado para el resto de la vida del beneficiario. El beneficio mensual del beneficiario es típicamente 50%, 75% o 100% del beneficio mensual del participante. Si el beneficiario se muere antes que el participante y los pagos ya hayan comenzado, el beneficio mensual de participante generalmente no cambiará y el participante típicamente no puede nominar a un nuevo beneficiario. Ciertas opciones con anualidad junta y al sobreviviente (J&S) requieren "Consentimiento Conyugal." Vea Sus Opciones del Beneficio de PBGC para más información.

Anualidad Junta y al Sobreviviente "Reversible" — Una anualidad que, a diferencia de la forma típica de una anualidad junta y de sobreviviente, aumenta ('se incrementa”) el beneficio mensual de participante a la cantidad de la "anualidad por vida" para el resto de la vida del participante si el beneficiario se muere antes del participante. Vea Sus Opciones del Beneficio de PBGC para más información.

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L

Suma Total (o Suma Única) Pago — Pago del beneficio del plan a una persona en un solo pago, en lugar de ser una "anualidad." PBGC paga normalmente una suma total sólo si el valor total del beneficio es $5.000 o menos en la fecha de terminación del plan. Vea Suma Total para más información.

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M

Aportaciones Obligatorias del Empleado — Dinero que los participantes deben contribuir a un plan de beneficio definido como una condición de participación del plan o empleo, o para conseguir los beneficios del plan financiado por el empleador. Vea también "Aportaciones Voluntarias del Empleado."

Garantía Máxima de Beneficio Mensual — La cantidad más grande del beneficio que PBGC puede garantizar por ley. Generalmente, la garantía máxima de un plan de beneficio definido es fijada dependiendo de la "fecha de terminación del plan." Sin embargo, si un plan termina durante la insolvencia de un patrocinador de plan que empezó en, o después del 16 de septiembre del 2006, la garantía máxima es fijada en cuanto a la "fecha de archivo de bancarrota se refiere."

Para participantes que ya se hayan jubilado, el beneficio máximo garantizado es basado parcialmente en la edad del jubilado en la fecha de terminación del plan o la fecha de archivo de bancarrota, cual sea aplicable. Para participantes que todavía no se han jubilado, el máximo es en parte basado en la edad del participante cuando él o ella se jubilen. El máximo del beneficio garantizado del participante también es ajustado para reflejar si la forma del beneficio incluye un beneficio del sobreviviente. Vea las Garantías de PBGC para Planes de Pensiones de Empleadores Únicos para más información sobre límites en la garantía de PBGC.

Plan de Empleadores Múltiples — Generalmente, un plan de pensiones en convenio colectivo mantenido por más de un empleador no relacionado, por lo regular dentro de la misma industria o una relacionada, y uno o más sindicatos. Vea Presentación a Planes de Empleadores Múltiples, Hoja de Datos del Programa de Seguros de Empleadores Múltiples, y el Establecimiento del Programa Actual de Empleadores Múltiples para más información.

Plan de Empleadores Múltiples — Vea "Plan de Empleadores Únicos."

Mi PAA — Mi plan de cuenta administrativa” es una aplicación segura de PBGC en línea la cual administradores de planes, patrocinadores de planes o profesionales en pensiones deben presentar electrónicamente un expediente de recompensa anual a PBGC. Vea Expediente Premio Electrónico (Mi PAA) para más información.

MyPBA — Mi cuenta de beneficio de pensión, es una aplicación segura en línea de PBGC en la que participantes y beneficiarios de planes de PBGC son encomendados a un fideicomisario que puede conseguir acceso a su información personal y realizar transacciones relacionadas con los beneficios de PBGC. Vea Transacciones en Línea son Fáciles: Preguntas Frecuentes sombre MyPBA para más información.

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N

Edad de Jubilación Normal — Una edad definida en cada plan de pensiones. La edad no puede ser más de 65 años o de la edad del participante en su quinto año de participación en el plan.

Fecha Normal de Jubilación — Fecha cuando los beneficios normales de jubilación pueden empezar bajo un plan de pensiones (típicamente, el primer día del mes o después del mes en que el participante alcanza la edad de jubilación normal).

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O

Plan en Marcha — Un plan de beneficio definido que no ha sido terminado (vea "Terminación"). El "patrocinador de un plan" en marcha es responsable de mantener el plan y hacer pagos de beneficios.

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P

Participante — Una persona que está ganando o reteniendo un beneficio de pensión bajo un plan de pensión independientemente de que la persona trabaje para el empleador en ése momento.

PBGC — La Corporación de Beneficio de Pensión Garantizada; agencia del gobierno federal que asegura planes privados de beneficio definidos. Vea Quiénes Somos para más información.

Plan Fideicomisario de PBGC — Un plan de beneficio definido que ha sido tomado por PBGC el cual es responsable de calcular y pagar los beneficios.

Beneficio de Pensión — Un beneficio de jubilación pagable bajo un plan de pensiones a un participante o el beneficiario del participante.

Plan de Pensión — En general, cualquier plan, fondo, o programa que es establecido o es mantenido por una organización de empleador y/o empleado y que proporciona ingreso de jubilación a los empleados.

Límite de Introducción Progresiva — Un límite en la garantía de PBGC de nuevos beneficios y aumentos de beneficios recientes bajo un plan de beneficios definido. El límite aplica a nuevos beneficios y aumentos beneficios agregados al plan menos de cinco años antes de la "fecha de terminación del plan" o la "fecha de archivamiento de bancarrota," cual sea aplicable. (¿Cómo puedo saber qué fecha se aplica?) Por cada año completo, el aumento fué vigente después de su fecha de adopción o fecha de vigencia, PBGC garantiza la mayoría del 20 por ciento del aumento o $20 al mes hasta la cantidad del aumento en cuestión. Vea las Garantías de PBGC para Planes de Pensiones de Empleadores para más información.

Administrador de Plan — La persona o entidad identificada en el documento del plan como responsable de dirigir el plan de pensión. Si el documento no denomina a un administrador, el patrocinador del plan es el administrador.

Documento del Plan — Un instrumento escrito bajo el cual el plan de pensiones es establecido y operado.

Patrocinador del Plan (plan de empleadores múltiples) — La asociación, comité, tabla conjunta de fideicomisarios, u otra entidad que supervisa un plan de pensiones de empleadores múltiples.

Patrocinador del Plan (plan de empleadores únicos) — Un empleador que establece o mantiene un plan de pensiones para sus empleados.

Fecha de Terminación del Plan — Fecha en que un plan de beneficio definido termina.

Plan de Año — El año en agenda u otro año fiscal en que los registros de un plan de pensiones son basados.

Facultativo — Un profesional que administra o consulta en la administración de un plan de pensiones. Los facultativos incluyen administradores de terceros, benefician a especialistas, consultores, contadores, actuarios de seguros, abogados, y otros que tratan con planes de pensiones.

Expediente Premio — Un administrador de plan, patrocinador de plan, o facultativo de pensión que entrega expediente premio y pagos asociados a PBGC para planes de pensiones de seguro de PBGC.

Categorías de Prioridad — Son seis categorías bajo ERISA (también conocidas como Categoría de Prioridad 1, Categoría de Prioridad 2, etc.) en las cuales los beneficios de pensión ganados por participantes en un plan síndico de PBGC deben ser asignados. Las ventajas disponibles del plan son igualadas con los beneficios en las categorías de prioridad para determinar el punto hasta que PBGC puede pagar los beneficios que no garantiza a un participante. Vea Categorías de Prioridad para más información.

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Q

Orden de Relaciones Domésticas Calificada (QDRO) — Una orden de relaciones domésticas que da a un beneficiario alterno el derecho de recibir algunos o todos los beneficios pagables bajo un plan que se refiere a un participante, incluyendo beneficios de sobreviviente. Un administrador del plan o PBGC, si aplica, debe determinar si la orden llena ciertos requisitos legales. Vea Ordenes de Relaciones Domésticas Calificadas & PBGC para más información.

Anualidad Junta y al Sobreviviente Calificada (QJSA) — Una "anualidad junta y al sobreviviente" que llena ciertos requisitos legales y proporciona un beneficio mensual de sobreviviente que equivale a por lo menos 50% de la cantidad que el participante recibió. La diferencia principal entre un QJSA y una anualidad junta y al sobreviviente (J&S) es que un beneficiario de QJSA sólo puede ser el cónyuge del participante (o cónyuge anterior bajo un QDRO, mientras un beneficiario J&S puede ser cualquiera. ERISA requiere que un QJSA sea en la forma de un beneficio automático para un participante casado excepto donde el valor total del beneficio sea $5.000 o menos. Un QJSA puede ser postergado por el participante sólo con el "consentimiento del cónyuge." Vea los Pagos a Beneficiarios para más información.

Anualidad de Sobreviviente Calificada de Pre-jubilación (QPSA) — Una anualidad pagada a un cónyuge sobreviviente (o cónyuge anterior bajo un QDRO) cuando un participante con derechos adquiridos se muere antes de comenzar a recibir los pagos del beneficio. La anualidad es pagada de por vida del cónyuge sobreviviente basada en el beneficio que el participante ganó antes de la muerte. Un QPSA paga típicamente una cantidad igual a la porción del sobreviviente del QJSA. ERISA requiere que un QPSA sea proporcionado al cónyuge sobreviviente de un participante casado con excepción donde el valor total del beneficio es de $5.000 o menos. Un QPSA puede ser renunciado por el participante sólo con "consentimiento conyugal."

El cónyuge puede empezar a recibir un beneficio de QPSA tan pronto como la fecha en que el participante habría tenido derecho a recibir un beneficio de PBGC. Vea los Pagos a Beneficiarios y la "Edad de Jubilación más Temprana de PBGC" para más información.

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R

Recuperación — El método por el cual PBGC busca devolución de un sobrepago del beneficio cuando un participante o el beneficiario reciben los beneficios de anualidad de PBGC. Cuando PBGC toma un plan al principio, les paga los beneficios estimados a jubilados hasta que se determine el derecho de cada participante al beneficio del plan bajo el Título IV de ERISA (vea el "Determinación de los Beneficios" y Si Usted Ya Recibe los Beneficios para más información). Si los pagos estimados del beneficio fueran más que el beneficio determinado por PBGC, pagos futuros del beneficio serán reducidos por un porcentaje (típicamente no más de 10%) hasta que los pagos de devolución sean completos. PBGC no cobra interés si un participante recibe más que lo permitido por la ley. Vea también "Restablecimiento."

Restablecimiento — El método por el cual PBGC busca devolución de pagos directa de un pago excesivo del beneficio, típicamente cuando un participante o el beneficiario no son permitidos a beneficios de anualidad del cual se recuperan los pagos excesivos. A veces el restablecimiento es un resultado de acción legal. Vea también "Recuperación."

Jubilado — Un participante del plan de pensiones que ha empezado a recibir los beneficios del plan o de PBGC.

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S

Plan de Empleador Único — Por lo general, un plan de pensiones patrocinado por una compañía o un grupo de compañías bajo una posesión común. Puede o no ser negociado colectivamente. (Un Plan de Empleador Múltiple es un tipo de plan de empleador único que es mantenido por dos o más compañías no relacionadas y no llena los requisitos de un "plan de empleador múltiple".)

Anualidad Única por Vida — Una anualidad en la que los pagos de beneficios son basados en la edad y otras características de una sola persona. Algunos ejemplos incluyen anualidades que pagarán una sola persona (vea "Anualidad por Vida"), y las anualidades que pagan a veces a un beneficiario sobreviviente después de que la persona muere (vea "Anualidad a término Fijo y Continua"). Vea Sus Opciones del Beneficio de PBGC para más información.

Consentimiento Conyugal — Un acuerdo escrito y notariado por el cónyuge que permite al participante renunciar a la "anualidad calificada del sobreviviente de pre-jubilación" o elige una forma de beneficio distinta a una "anualidad junta y al sobreviviente."

Cónyuge — Marido o mujer determinado bajo la ley.

Terminación Estándar — Una terminación iniciada por el empleador de un plan de beneficio definido que tiene suficientes bienes para pagar todos los beneficios de plan. El administrador del plan debe notificar a participantes y a PBGC antes de la terminación propuesta, así como tomar otras acciones necesarias. Vea Terminaciones Estándar para más información.

Anualidad por Vida — Una anualidad que paga los beneficios, típicamente mensual, de por vida de la persona, sin ningún beneficio de sobreviviente después que esa persona muera. Vea Sus Opciones de Beneficio de PBGC para más información.

Resúmen de Descripción del Plan (SPD) — Un documento que un administrador de plan proporciona a los participantes (y los beneficiarios que reciben los beneficios) que describe características importantes del plan de pensiones en el idioma simple. El SPD incluye información de cuando los empleados comienzan a participar en el plan, cómo son calculados el servicio y los beneficios, cuando los beneficios llegan a ser concedidos, cuando y en qué forma los participantes pueden recibir los pagos del beneficio, y cómo archivar un reclamo para beneficios. El administrador debe informar a los participantes de cambios mayores en el plan o por un SPD revisado o en un documento separado llamado un Resúmen de Modificaciones Materiales.

Beneficios Suplementarios — Los pagos temporales hechos por un plan además del beneficio de jubilación temprana por vida de un participante. Un plan puede ofrecer los pagos temporales de la edad de jubilación temprana del participante a una edad especifica, como la edad de 62 (cuando un participante llegue a ser elegible para el Seguro Social) o edad de jubilación normal. PBGC no puede garantizar por completo los beneficios suplementarios; vea "Límite Normal Acumulado."

Cónyuge Sobreviviente — El cónyuge vivo de un participante muerto. Un QDRO puede proporcionar que un cónyuge anterior del participante debe ser tratado como un cónyuge sobreviviente para propósitos de una "Anualidad Junta y al Sobreviviente Calificada" o "Anualidad Calificada de Pre-jubilación y al Sobreviviente."

Beneficio del Sobreviviente — El beneficio pagable a un beneficiario designado por la muerte del participante. Los tipos más comunes de beneficios de sobreviviente son (1) una anualidad calificada de pre-retiro del sobreviviente que es pagada típicamente al cónyuge sobreviviente de un participante que se muere antes de jubilarse, y (2) la porción del sobreviviente de ciertas formas de beneficio (por ejemplo, anualidad junta y al sobreviviente) que es pagado al beneficiario sobreviviente de un participante que se muere después de jubilarse. Vea los Pagos a Beneficiarios para más información.

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T

Terminación de Derechos Adquiridos del Participante — Vea "Participante de Adquisición de Derechos Diferida."

Terminación (para planes de empleadores únicos) — La conclusión de un plan de beneficios definidos de empleadores únicos. Los tres tipos de terminaciones son estándar y de aflicción, los cuales son iniciados por el patrocinador del plan, y terminaciones iniciadas por PBGC. Vea Cómo Terminan los Planes de Pensión y el Plan de Hoja de Datos en Terminación para más información.

Fideicomisario — La persona o entidad que tiene la autoridad y la discreción exclusiva de manejar y controlar las ventajas de un plan de pensiones.

Fideicomisario del Plan — Vea el "Plan de Fideicomisario de PBGC."

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U

Fondos Insuficientes del Plan — Un plan definido de beneficio sin suficientes bienes para pagar todos los beneficios ganados por participantes. Vea Preguntas Más Frecuentes: Plan Financiero y "Plan de Fondos Suficientes."

Responsabilidad de Beneficio No Consolidadas — La cantidad de los beneficios de pensión prometidos por la cual el valor de un plan de beneficio definido excede las ventajas del plan.

Beneficios con Derechos Adquiridos No Consolidados (UVBs) — La cantidad por la cual los "derechos adquiridos del plan de beneficios" definido exceden las ventajas del plan. Las medidas no consolidadas son de UVBs en el cual se basa "Prima de Tasa Variable."

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V

Prima de Tasa Variable — La prima que un empleador único de un plan de beneficios debe pagar a PBGC basándose en la cantidad de los beneficios de derechos concedidos no consolidados en el plan. La prima de tasa variable se agrega además de la prima de "tasa fija" por participante, la cual todos los planes de seguro de PBGC deben pagar a pesar del estatus financiero.

Beneficios con Derechos Adquiridos — Usualmente es el derecho a los beneficios que un participante ha ganado para recibir de un plan de pensiones que no son sujetos a caducidad. (Bajo las regulaciones de la prima de PBGC, reglas específicas solicitan determinar si un beneficio es concedido para propósitos de calcular prima de tasa variable de un plan.)

Aportaciones Voluntarias del Empleado — Cantidades que participantes contribuyen a un plan de beneficio definido, tal sea permitido por el plan, esas no es contribuciones obligatorias de empleado. Vea también "Aportaciones del Empleado Obligatorias."

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